En el caso de aceptar laborar este 3 de abril, previo acuerdo con el patrono, las domésticas deben exigir pago doble por sus funciones, ya que la fecha oficializada se considera como “No Laborable”.
Esta información ha sido certificada por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), la cual busca dar fiel cumplimiento a esta norma que debe ser avalada, a fin de reivindicar la importante labor que realizan estas personas.
Es necesario hacer notar que este 3 de abril, se celebra formalmente el Día de la Empleada o trabajadora doméstica. Se definen en este oficio, a todas las personas que prestan un servicio a terceros o dependencias, quienes por un salario, se consagran a la importante labor del cuido y otras actividades ligadas al hogar.
Cumplen importante función en la sociedad
Vale resaltar que esta fecha se hizo oficial en el año 2.015, a manos del Ministerio de Trabajo de la Nación, declarando el 3 de abril, como el Día del Personal de Casas Particulares. La fecha corresponde justamente, con la promulgación de la Ley de Trabajo en Casas Particulares, en el año 2013.
La celebración supone, la reivindicación de la labor que ejecutan estas personas, la cual es de vital apoyo para la sociedad y la dinámica familiar, en la época moderna que otorga roles de igualdad a hombres y mujeres que laboran en las calles, quienes cuentan con personas capacitadas, para apoyarles en el rol del cuido del hogar, que antiguamente, estaba supeditado a la mujer y que hoy en día, se considera un empleo formal.
Del respecto a su trabajo, surge la declaración de la fecha y la condición de la cancelación del pago de doble salario, en su justa medida. El amparo de la Ley, garantiza que a este derecho, se le dé total cumplimiento en la Nación.